Se publica en el DOG de hoy, día 21 de marzo de 2023, la Resolución de 16 de marzo de 2023 por la que se convoca para la elección de destino provisional a las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo para el ingreso en la agrupación profesional de personal funcionario subalterno de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, convocado por la Orden de 5 de marzo de 2019 (Diario Oficial de Galicia número 49, de 11 de marzo).
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ACCESO A LA APLICACIÓN INFÓRMATICA:
Para el acceso a la aplicación informática para la elección de destino, la Dirección General de la Función Pública remitirá a las personas aspirantes un correo electrónico con el usuario y la clave de acceso a la aplicación del proceso selectivo.
En el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, la persona aspirante, en el supuesto de que no recibiera correctamente su usuario y clave, deberá ponerse en contacto con el servicio informático de la Dirección General de la Función Pública, en el teléfono 881 99 98 83, para que se le faciliten los datos necesarios.
Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, se abrirá un plazo de cinco (5) días hábiles para que las personas aspirantes que constan en el anexo I de esta resolución seleccionen telemáticamente, a través del sistema electrónico, los destinos ofertados por orden de prelación.
La elección de destinos deberá realizarse a través del sistema electrónico al que se podrá acceder a través de la página web de la Dirección General de la Función Pública, funcionpublica.xunta.gal, siguiendo la ruta «Función pública»–«Procesos selectivos».
SELECCIÓN DESTINO:
Para la selección de destinos las personas aspirantes deberán acceder al sistema electrónico y proceder de la siguiente forma:
Una vez que acceda a su expediente electrónico, la persona aspirante deberá, en primer lugar, elegir entre las opciones «Renuncia», «Solicitud de excedencia» o «Escoger puesto».
1º) De elegir la opción «Renuncia», la deberá presentar por escrito en el registro de la Xunta de Galicia en el mismo plazo previsto en el párrafo tercero. La persona aspirante que ejerza esta opción quedará excluida del proceso y decaerá en su derecho a ser nombrada personal funcionario de carrera del subgrupo al que accede.
2º) De elegir la opción «Solicitud de excedencia», la deberá presentar por escrito en el registro de la Xunta de Galicia en el mismo plazo previsto en el párrafo tercero, siempre que cumpla los requisitos exigidos en el artículo 174 (excedencia por prestación de servicios en el sector público) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. En este sentido, las personas que la soliciten por prestar servicios en otra Administración deberán presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en el mismo plazo previsto en el párrafo tercero.
3º) De elegir la opción «Escoger puesto», la persona aspirante seleccionará, por orden de preferencia, los destinos que se ofertan. En el supuesto de que escojan un número de plazas inferior al de la posición que ocupa en el proceso, las personas aspirantes que cumplan los requisitos exigidos en el artículo 174 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, podrán solicitar ser declaradas en excedencia por prestación de servicios en el sector público, lo que deberán de manifestar mediante la presentación de una solicitud por escrito y en el mismo plazo previsto en el párrafo tercero, a la que deberán adjuntar tanto la copia de la última orden de prelación de los puestos ofertados y seleccionados en el sistema electrónico debidamente firmada como, en el caso de solicitarla por prestar servicios en otra Administración, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos.