Xunta de Galicia. Subalterno A.P administración general. Procedimiento de acreditación de méritos para los aspirantes que han superado el proceso selectivo.

 

Se publica la Resolución de 22 de abril de 2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el procedimiento para la acreditación de los méritos de determinados procesos selectivos extraordinarios de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el ingreso, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, en la agrupación profesional de personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en categorías del grupo V de personal laboral de la Xunta de Galicia.

Procedimiento:

Las personas aspirantes que tengan que presentar documentación acreditativa de los méritos baremables en la fase de concurso a que se refiere esta resolución la aportarán a su expediente personal electrónico, al que accederán a través del canal de empleo público de Galicia (Fides) en la dirección https://fides.xunta.gal, siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023 por la que se dictan instrucciones para regular el contenido, uso y acceso al expediente personal electrónico del personal empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de sus entidades públicas instrumentales.

Una vez que accedan al canal del empleo público de Galicia (Fides), comprobarán los datos que figuran en su expediente personal electrónico:

a) En el supuesto de que las personas aspirantes estén conformes con los datos consultados, porque los méritos baremables en este proceso en los apartados de formación continuada, conocimiento de la lengua gallega y experiencia profesional externa figuran en el estado de «validados» o estén incluidos correctamente en el apartado de experiencia profesional interna, no precisarán realizar ninguna actuación.

b) En el supuesto de que la persona aspirante no esté conforme con los datos consultados, por no constar o ser incompletos, deberá incorporar la información no registrada presentando la solicitud de actualización de los méritos, junto con la documentación acreditativa de los mismos, al amparo de lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, para que dichos méritos se puedan valorar en este proceso.

c) Las personas aspirantes que encuentren en su expediente electrónico personal errores en sus méritos en los estados de «en trámite», «validado», «duplicado» o «descartado» o que no se haya recogido en su expediente algún período de su experiencia profesional interna o figuren errores en ella deberán presentar alegaciones a través de Fides en el apartado «Inscripción en procesos selectivos», accediendo al proceso de estabilización a que se refiere esta resolución, en el que superó la fase de oposición, en el apartado «¿Qué puedo hacer?», «Presentación de alegaciones».

Accede a la Resolución con su contenido íntegro desde este enlace. 

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