Oposiciones Auxiliar Administrativo Xunta de Galicia C2 promoción interna.
Publicación de diversos acuerdos relativos al 2º ejercicio.
Acuerdos publicados, relativos al segundo ejercicio, tomados por el Tribunal encargado de juzgar el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Auxiliar Administrativo C2 promoción interna.
Primero
Revisado, durante las sesiones celebradas los días 22 y 23 de julio de 2019, las reclamaciones hechas bajo la Regla II.1.2.7 de la convocatoria se rechazan en su totalidad.
Segundo
(nota de corte)
De conformidad con lo dispuesto en II.1.1.2 de la convocatoria de solicitudes, los candidatos que hayan obtenido una puntuación mínima de veinte puntos (20 puntos) han aprobado el segundo ejercicio del proceso de selección, fijando en nueve (9) el número de respuestas correctas para lograr dicho puntaje, una vez que se hayan realizado las deducciones proporcionadas en dicha base de la convocatoria.
Para estos fines, los criterios aprobados por el tribunal el 18 de junio de 2019 se han considerado para su corrección, evaluación y aprobación.
Tercero
(Publicación puntuaciones)
Publicar las puntuaciones obtenidas por los aspirantes presentados al segundo ejercicio del proceso selectivo de admisión, por turno de promoción interna, en el órgano auxiliar de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, en el lugar donde se realizó la prueba, y en el portal web de la funcpublica.xunta.gal de la Xunta de Galicia
De conformidad con las disposiciones de la convocatoria II.1.2.8, los solicitantes pueden presentar cualquier reclamo que consideren apropiado en relación con los puntajes, dentro de los diez (10) días hábiles a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia .
Cuarto
(acreditación CELGA)
De acuerdo con las disposiciones de la convocatoria II.1.1.3 de la convocatoria de solicitudes, todos los candidatos que pasaron el primer año financiero han atestiguado que, dentro del período indicado para presentar la solicitud para participar en este proceso de selección, estaban en posesión de Celga 3 o el equivalente debidamente aprobado por el organismo responsable de la política lingüística de la Xunta de Galicia de conformidad con la segunda disposición adicional de la Orden de 16 de julio de 2007, que regula los certificados oficiales que acreditan los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG No. 146, del 30 de julio), según enmendado por la Orden del 1 de febrero de 2014 (DOG No. 34, del 19 de febrero).
En consecuencia, todos los solicitantes que hayan aprobado el segundo año están exentos de completar el tercer ejercicio del proceso de selección.
Quinta
(presentación apelaciones)
De conformidad con las disposiciones de la Regla III.13 de la convocatoria de solicitudes, se puede presentar una apelación contra el Ministro de Hacienda de conformidad con los términos establecidos en los Artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre el procedimiento administrativo común de administraciones publicas.
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