Escuela Gallega de Administración Pública: RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2022 por la que se convocan las actividades de formación para el personal de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Se publica en el DOG de hoy, día 1 de marzo de 2022, la Resolución por la que se convocan las actividades de formación para el personal de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Desde este enlace puedes acceder a la Resolución con el contenido íntegro publicada en el DOG.

Resumimos algunos de los puntos de dicha Resolución:

Requisitos para los participantes

1. En las acciones formativas convocadas por esta resolución podrán participar los funcionarios de las Administraciones locales con titulación nacional y el resto del personal al servicio de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se encuentren prestando servicios en otras administraciones públicas de Galicia. .estén en servicio activo (incluido el personal que haya disfrutado de excedencia por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) y que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y para cada uno de los supuestos del Anexo II.

Queda excluido el personal de las escalas de policías locales y bomberos.

2. Para las actividades realizadas en una modalidad que incluya la teleformación, los interesados ​​deberán disponer de una cuenta de correo electrónico cuya dirección deberá indicarse en la solicitud y un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Una computadora con conexión a internet.

– Un navegador web actualizado.

Para las actividades impartidas en la modalidad de telepresencia, también dispondrán de un manual de usuario en el enlace https://egap.xunta.gal/ecloud/index.php/s/ZKijmeiZ5ypS3jd en el que se explica cómo acceder a la plataforma de telepresencia y se describen los componentes que el equipo necesita para el funcionamiento básico de la plataforma.

 Desarrollo de actividades formativas

Los cursos se realizarán con los requisitos, duración y condiciones que se indiquen para cada uno de ellos en la convocatoria. La información sobre el desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, se actualizará y ampliará en la página web <https://egap.xunta.gal>.

 Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia .

2. Las solicitudes de participación en actividades formativas sólo podrán realizarse a través del formulario de inscripción en línea disponible en <https://egap.xunta.gal/matricula> a partir de las 8:00 horas del día de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 23:55 horas. en la fecha de finalización. Las solicitudes se considerarán presentadas una vez que el proceso de registro se haya completado correctamente.

3. El número máximo de cursos que se pueden solicitar está limitado a cinco.

Publicación de las relaciones de los alumnos seleccionados:

La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en dicho curso, así como un número adecuado de reservas de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1. b) de la Ley 39/.2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo para presentar alegaciones será de diez días desde su publicación de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se entenderá que las personas que no están incluidas en la lista han sido excluidas por alguna de las causas previstas en las bases de la convocatoria u ocupan una posición más alejada en la lista de espera.