Se publica en la Web del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, los criterios de valoración y corrección del ejercicio convocado para realizar el día 30/11/2024.
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De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 25 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social, el Tribunal al que se le ha encargado su realización ha determinado que los criterios de corrección y valoración son los siguientes:
A) La primera parte del ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario de setenta preguntas basadas en las materias del programa detallado en el anexo II A. y B. de la convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas siendo sólo una de ellas la correcta. Podrán incluirse tres preguntas adicionales de reserva de cada supuesto que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las setenta anteriores. El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder a la corrección de la segunda parte.
B)La segunda parte del ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico. El supuesto vendrá desglosado en quince preguntas con cuatro alternativas de respuesta, relacionadas con las materias del programa detallado en el anexo II. B. Podrán incluirse tres preguntas adicionales de reserva de cada supuesto que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las quince anteriores. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para superar el ejercicio.
C)Todas las preguntas de la primera y segunda parte tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
D) Las puntuaciones directas mínimas para superar cada parte del ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas. Las puntuaciones directas mínimas no podrán ser inferiores al 30 por ciento de la puntuación directa máxima obtenible. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio
E) A efectos de publicación de las notas, se llevará la nota directa del ejercicio – calculada como se ha explicado en el apartado D) a una escala de 0 a 50 puntos. Los opositores que tengan como puntuación directa la puntuación máxima obtenible en el cuestionario equivaldrá a 50 puntos de calificación, a los opositores que aprueben con la nota de corte equivaldrá a una calificación de 25 puntos y el resto de los aprobados tendrá una calificación distribuida entre 25 y 50 proporcional a su puntuación directa. F) La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera y en la segunda parte del ejercicio. Las puntuaciones de las dos partes del ejercicio se obtendrán de las puntuaciones transformadas de acuerdo con el apartado E).