El artículo 11 del Estatuto de Autonomía para
Galicia dibuja las líneas fundamentales de la constitución y composición del
Parlamento de Galicia y establece también que una Ley de Galicia determinará
los extremos que han de constituir las normas electorales de nuestra Comunidad.
Es objeto de la presente Ley desarrollar esa previsión estatutaria que habilita
al propio Parlamento de Galicia para dictar aquellas normas que estime más
adecuadas a las necesidades y a la idiosincrasia de nuestra sociedad.
De
acuerdo con el citado artículo, el Parlamento de Galicia puede regular los
plazos y el procedimiento para la elección de sus miembros, establecer el
número de los Diputados, así como también las causas de inelegibilidad e
incompatibilidad que les afecten. Así lo estudiaremos en este curso.
HORAS: 15
MODALIDAD: PRESENCIAL O TELEFORMACIÓN
DURACIÓN: 2 MESES
CERTIFICACIÓN DE APROVECHAMIENTO
PRECIO: 29 €
Empleados/as públicos de las entidades locales y autonómicas de Galicia, así como del sector público autonómico, personal de administración y servicios (PAS) de las Universidades del Sistema Universitario de Galicia (UDC, USC y UVigo), además de para ciudadanos interesados, profesionales, docentes y opositores.
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